Ante la partición del fenómeno meteorológico adverso de nevadas, el Alcalde adoptará, entre otras, las siguientes medidas:
▪ Alertará, si procede, a los grupos de auxilio que hubiera promovido en su municipio.
▪ Adoptará las medidas necesarias para reducir los efectos que sobre personas y bienes hubiera podido producir el fenómeno.
▪ Coordinará aquellas operaciones necesarias para mantener expeditas las vías de comunicación de su Ayuntamiento, suministrando fundentes o recabando los recursos necesarios.
▪ Solicitará los apoyos suficientes para atender sus necesidades más urgentes.
▪ Facilitarán la información solicitada por las Delegaciones de la Junta de Castilla y León en la provincia, al objeto de obtener información sobre las consecuencias de las nevadas.